COMISIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS DEL ESTADO DE NUEVO HAMPSHIRE

COMISIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS DEL ESTADO DE NUEVO HAMPSHIRE

DT 22-047

CHARTER COMMUNICATIONS, INC.; COGECO US FINANCE, LLC que opera bajo el nombre de BREEZELINE; Y COMCAST CABLE COMMUNICATIONS, LLC

Solicitud de resolución de disputa sobre tarifas

INICIO DE PROCESO JUDICIAL Y NOTIFICACIÓN DE AUDIENCIA PRELIMINAR

El 22 de agosto de 2022, Charter Communications, Inc. (Charter); Cogeco US Finance, LLC que opera bajo el nombre de Breezeline (Breezeline); y Comcast Cable Communications, LLC (Comcast) (en conjunto, los Solicitantes) presentaron un escrito en el que pedían que la Comisión resolviera su disputa sobre las tarifas de conexión a postes con Consolidated Communications of Northern New England Company, LLC (Consolidated). Para respaldar su pedido, los Solicitantes presentaron el testimonio preliminar directo de su consultora, Patricia D. Kravtin; declaraciones juradas de los representantes de Charter, Breezeline y Comcast; y anexos relacionados. La presentación inicial y las presentaciones posteriores en el expediente, excepto la información para la cual se haya solicitado u obtenido tratamiento confidencial por parte de la Comisión, están disponibles en el sitio web de la Comisión en www.puc.nh.gov/regulatory/Docketbk/2022/22-047.html.

I. ANTECEDENTES Y PASOS PROCESALES PREVIOS

Los hechos, tal y como afirman los Solicitantes en su escrito y en el testimonio preliminar que lo acompaña, son los que se indican a continuación. Consolidated presta servicios de comunicaciones y posee y controla, total o parcialmente, los postes de servicios públicos de Nuevo Hampshire. Comcast of Maine/New Hampshire, Inc., Orden n.º 26,443 en 2-3 (11 de enero de 2021). Cuando Consolidated adquirió FairPoint Communications, Inc. (FairPoint) en 2017, pasó a ser el sucesor en los derechos y obligaciones derivados de los acuerdos sobre postes de FairPoint con los predecesores de los Solicitantes. Ver la respuesta de datos del 26 de abril de 2021 presentada en el Expediente n.º DE 21-020, que se encuentra en el Anexo PDK-2 del testimonio directo de Patricia D. Kravtin, 22 de agosto de 2022 (respuesta de datos del 26 de abril de 2021). En virtud de estos contratos, Consolidated les cobra a los Solicitantes (operadores de cable que son miembros de New England Cable and Telecommunications Association, Inc. (NECTA)) tarifas anuales de arrendamiento de espacio para conexiones a los postes de servicios públicos que posee en exclusiva y conjuntamente con otras entidades. Solicitud (Sol.), ¶¶ 6, 12, 20, 23. En el escrito, los Solicitantes afirmaban que Consolidated también cobraba cargos por uso conjunto en relación con las conexiones a los postes en los que Consolidated no tiene ninguna participación en carácter de propietario. Id. ¶ 21.

Consolidated cobra actualmente $11.67 por conexión a los postes de su propiedad y cargos por uso conjunto de $6.84.1 Id. Estas tarifas son las mismas que cobraba anteriormente FairPoint y no se calcularon aplicando una fórmula específica. Ver la respuesta de datos del 26 de abril de 2021 En conjunto, los Solicitantes pagan tarifas por más de 350,000 conexiones en Nuevo Hampshire. Sol. ¶ 14 y declaraciones juradas adjuntas.

NECTA intervino en el Expediente n.º DE 21-020, en el que Consolidated y Public Service Company of New Hampshire, que opera bajo el nombre de Eversource Energy (Eversource), solicitaron a la Comisión la aprobación de la transferencia por parte de Consolidated de determinados activos correspondientes a postes de servicios públicos a Eversource (expediente de transferencia de postes). Con la información que NECTA obtuvo mediante las solicitudes de datos presentadas en ese expediente, la consultora de los Solicitantes y perito de NECTA en el expediente de transferencia de postes, Patricia D. Kravtin, determinó que las tarifas por el uso de postes de Consolidated serían significativamente más bajas si se basaran en la fórmula de tarifas para operadores de cable de la Comisión Federal de Comunicaciones (FCC)2, que supone una altura promedio de los postes de 37.5 pies. Id. ¶ 30. La experta determinó que las tarifas de Consolidated serían de $6.31 para los postes de su propiedad exclusiva, con un cargo por uso conjunto de $3.16. Id. La Sra. Kravtin calculó que estas tarifas serían aún más bajas sobre la base de una altura promedio de los postes de 39 pies, que los Solicitantes sostienen es la altura promedio de los postes de Consolidated. Id. ¶¶ 32-33. Además, determinó que no se debía cobrar por las conexiones a los postes en los que Consolidated no tenía participación en carácter de propietario. Id. ¶ 33.

En un escrito posterior a la audiencia presentado el 17 de junio de 2022, en el Expediente n.º DE 21-020, NECTA impugnó las tarifas por el uso de postes de Consolidated. NECTA presentó una notificación de la controversia sobre las tarifas en el expediente de transferencia de postes después de que los Solicitantes presentaran su escrito inicial en la presente acción. Los Solicitantes declararon que, si bien impugnaron las facturas de Consolidated correspondientes al segundo semestre de 2021 y a todos los períodos posteriores, continúan pagándolas. Id. ¶ 37.

Los Solicitantes aducen que sus intentos por resolver la disputa sobre las tarifas de conexión con Consolidated fracasaron. Ver id. ¶¶ 36, 44-45. En su petición, solicitan la designación de un miembro del personal de la Comisión para llevar a cabo una mediación y, subsidiariamente, el establecimiento de un cronograma procesal que permita a la Comisión emitir una orden sobre su petición dentro de los 180 días siguientes a la fecha de presentación, de conformidad con la sección 244(c)(3) del título 47 del Código de los Estados Unidos.

1 Según los Solicitantes, ellos le pagan al propietario del poste que usan en forma conjunta la tarifa correspondiente a los postes de propiedad exclusiva, además del cargo por uso conjunto. Sol. ¶ 21, n.33.
2 La fórmula de las tarifas de cable de la FCC se encuentra en 47 C.F.R. § 1.1406(d)(1). Ver id., ¶ 30, n.43.

II. CUESTIONES PLANTEADAS

La solicitud plantea, entre otras, las siguientes cuestiones: si Consolidated y los copropietarios de los postes cumplen con la definición de "servicio público" en virtud de la ley RSA 362:2, de modo que están sujetos a la regulación de las tarifas de conexión a postes por parte de la Comisión en virtud de la ley de Nuevo Hampshire; si, suponiendo que Consolidated está sujeta a la regulación de las tarifas de conexión a postes en virtud de la ley de Nuevo Hampshire, los pedidos de reparación de los Solicitantes están prohibidos en virtud de sus contratos con Consolidated; y si, suponiendo que Consolidated esté sujeta a la regulación de las tarifas de conexión a postes en virtud de la legislación de Nuevo Hampshire y que los pedidos de reparación de los Solicitantes no estén prohibidos por contrato, los Solicitantes tienen derecho a la reparación solicitada en el escrito, inclusive a una mediación, en virtud de la legislación de Nuevo Hampshire, incluyendo RSA 374:34-a, y del Código de Normas Administrativas de Nuevo Hampshire, incluyendo Puc 1304.06. En consecuencia, se iniciará un proceso judicial para abordar estas cuestiones.

La Comisión llevará a cabo la audiencia preliminar y las audiencias programadas en este asunto en forma presencial. La Comisión considerará los pedidos de llevar a cabo audiencias con un formato híbrido para permitir la participación a distancia de una persona específica únicamente si la Comisión determina que existe una razón suficiente para que esa persona no pueda asistir de forma presencial. La parte que solicite que se permita la participación remota de una persona específica deberá presentar una solicitud por escrito ante la Secretaría de la Comisión a más tardar quince (15) días antes de la fecha de la audiencia preliminar u otro tipo de audiencia. Si la Comisión determina que una o más personas podrán comparecer a distancia, se hará una transmisión de la audiencia en la que aparecerán las personas que se encuentran presentes en la sala de audiencias de la Comisión, incluidos los miembros de la Comisión, a través de una plataforma habilitada para la web.

En virtud de lo anterior, por la presente

SE ORDENA que se inicie un procedimiento judicial con el fin de revisar y resolver las cuestiones arriba mencionadas de conformidad con el capítulo 541-A de la RSA, RSA 374:34-a, y las normas de procedimiento de la Comisión; y

SE ORDENA ADEMÁS​​​​​​​ que, para que la Comisión los considere en este asunto, Consolidated y el Departamento de Energía de Nuevo Hampshire deberán presentar las respuestas al pedido de los Solicitantes el 14 de octubre de 2022, o antes de esa fecha; y

SE ORDENA ADEMÁS que la Comisión celebrará una audiencia preliminar, de conformidad con el Código Administrativo de Nuevo Hampshire, Puc 203.15, en sus oficinas ubicadas en 21 S. Fruit St., Suite 10, Concord, Nuevo Hampshire, el 1 de noviembre de 2022, a las 1:30 p.m., en la que cada parte debe estar preparada para tratar cualquiera de las cuestiones previstas en el Código Administrativo de Nuevo Hampshire, Puc 203.15; y

SE ORDENA ADEMÁS​​​​​​​ que, durante la audiencia preliminar, la Comisión considerará las cuestiones enumeradas en Puc 203.15(c) y (d), inclusive la determinación de un cronograma procesal que rija el resto del procedimiento. Se anima a las partes y a las posibles partes a que faciliten el desarrollo de un cronograma procesal mediante consultas previas a la audiencia preliminar, de modo que el funcionario que preside pueda tratar los asuntos en los que haya desacuerdo durante dicha audiencia preliminar. Sin embargo, el cronograma procesal no se aprobará hasta después de la audiencia preliminar y tras consultar el calendario de la Comisión; y

SE ORDENA ADEMÁS​​​​​​​​​​​​​​ que, inmediatamente después de la audiencia preliminar, los Solicitantes pongan a disposición de las partes el personal adecuado para llevar a cabo una sesión técnica de revisión del expediente; y

SE ORDENA ADEMÁS​​​​​​​ que cualquier entidad o persona puede solicitar una intervención y pedir que se la admita como parte en este procedimiento. Cada parte tiene derecho a que la represente un abogado a su propio costo; y

SE ORDENA ADEMÁS que, de acuerdo con el Código Administrativo de Nuevo Hampshire, Puc 203.17 y Puc 203.02, toda entidad o persona que desee intervenir en el procedimiento deberá presentarle a la Comisión un pedido de intervención con copias enviadas a los Solicitantes y a cualquier otra parte que se encuentre en la lista de servicios, a más tardar el 14 de octubre de 2022. Este pedido deberá exponer los hechos que demuestren la forma en que los derechos, deberes, privilegios, inmunidades u otros intereses sustanciales del solicitante pueden verse afectados por el procedimiento, de conformidad con el Código Administrativo de Nuevo Hampshire, Puc 203.17; y

SE ORDENA ADEMÁS que cualquier parte que se oponga a un pedido de intervención presente su impugnación el 24 de octubre de 2022, o antes de esa fecha; y

SE ORDENA ADEMÁS que las partes le presenten a la Comisión todas las propuestas de pruebas, testimonios escritos, mociones u otros documentos que pretendan que formen parte del expediente de este procedimiento. De acuerdo con la carta de la secretaría emitida el 17 de marzo de 2020, que se encuentra publicada en el sitio web de la Comisión en https://www.puc.nh.gov/Regulatory/Secretarial%20Letters/20200317-SecLtr-Temp- Changes-in-Filing-Requirements.pdf, todas las normas de la Comisión que requieran la presentación de copias en papel se suspenden hasta nuevo aviso. Las partes pueden optar por hacer sus presentaciones en formato electrónico, a menos que la Comisión ordene lo contrario. Las presentaciones se considerarán entregadas a partir del momento en que la Comisión reciba la copia electrónica; y

SE ORDENA​​​​​​​ ADEMÁS que las consultas de rutina sobre cuestiones procesales podrán realizarse comunicándose con la Secretaría de la Comisión llamando al (603) 271-2431 o escribiendo a ClerksOfffice@puc.nh.gov. Todas las solicitudes a la Comisión deben hacerse mediante un escrito presentado ante esta. Salvo que la ley disponga lo contrario, las comunicaciones ex parte están prohibidas; y

SE ORDENA​​​​​​​ ADEMÁS que, de conformidad con el Código Administrativo de Nuevo Hampshire, Puc 203.12, los Solicitantes deberán notificar a todas las entidades y personas que deseen participar en esta audiencia mediante la publicación de una copia de esta orden de notificación en sus sitios web a más tardar dos días hábiles después de la fecha de emisión y deberá dejarse constancia de dicha publicación mediante la presentación de una declaración jurada ante la Comisión a más tardar el 11 de octubre de 2022. Además, el Secretario deberá publicar esta orden de notificación en el sitio web de la Comisión a más tardar dos días hábiles después de la fecha de emisión; y

Así se ordena, a los veintiocho días del mes de septiembre de 2022.

Pradip K. Chattopadhyay                      Carleton B. Simpson
Miembro de la Comisión Miembro de la Comisión

Las personas que necesiten asistencia o medios auxiliares de comunicación debido a una discapacidad sensorial u otra discapacidad deben ponerse en contacto con NHPUC, 21 S. Fruit St., Suite 10, Concord, New Hampshire 03301-2429; 603-271-2431; TDD Access: Relay N.H. 1-800-735-2964. La necesidad de asistencia debe notificarse una semana antes del evento programado.